El Gobierno fija los baremos para indemnizar el sacrificio obligatorio de animales

(agrocope.com 21/03/2011) Serán de aplicación a los animales fallecidos como consecuencia de las medidas de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades. También se diferencia el "valor vida" de los animales según la aptitud productiva.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto que fija los baremos de indemnización por el sacrificio obligatorio de animales de las especies bovina, ovina y caprina en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de enfermedades.
Según recoge la referencia del Consejo, esta normativa se enmarca en los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles.
El Real Decreto señala que estos baremos deben ser lo más ajustados posible, evitar sobre-compensaciones y estar ligeramente por debajo de los precios de mercado, con el objetivo de que los ganaderos asuman al menos una parte de los costes de la lucha frente a las enfermedades.
En este sentido, para el cálculo de los distintos baremos, se recogen los precios de los animales de reposición para vida y las cantidades percibidas por los ganaderos por el sacrificio de los animales positivos ("valor carne"). Según la referencia, los baremos serán de aplicación a los animales fallecidos como consecuencia de las medidas de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades.
Por otro lado, señala que el valor de la calidad genética, de la conformación o de las diferencias en cuanto al sexo debe ser asumida por el ganadero de manera directa o a través de la contratación de seguros privados. Asimismo, en los baremos se diferencia el "valor vida" de los animales según la aptitud productiva, tanto en vacuno como en ovino y caprino.
En el baremo de ovino y caprino se introduce un valor para la recría y posibilita el aumento de la indemnización en el caso de vaciados sanitarios decretados por la autoridad competente, con el fin de facilitar la lucha epidemiológica frente a la enfermedad.